viajar con perro en tren

  • Se permite su transporte siempre que no se opongan el resto de los viajeros.
  • El dueño se hace responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal.
  • Deben ir provistos de la «guía de sanidad». El transporte se limitará a pequeños animales domésticos, entendiendo como tales, perros, gatos, hurones y aves (no de corral), cuyo peso máximo no exceda de 10 Kg.
  • Se admitirá como máximo un sólo animal por viajero, siempre dentro de una jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm., y que dispongan de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
  • En plazas acostadas sólo será posible el transporte en departamentos/cabinas completas (modalidad familiar).
  • El importe a abonar será el 50% del billete a Tarifa General del tren y clase correspondiente en el que se efectúe el viaje, no pudiéndose acoger a otras tarifas o descuentos.
  • En trenes AVE el precio a abonar por el transporte es el equivalente a un 50% del asiento de clase Turista según el trayecto y tipo de tren correspondientes, pudiendo viajar en cualquiera de las categorías del tren.
  • En los viajes en coche cama o litera corresponderá cobrar el 50% del importe de clase sentada Preferente, si el cliente viaja en coche cama Gran Clase, o el 50% del importe de Turista sentada en el resto de las plazas acostadas, camas o literas.
  • En AVE existe la posibilidad que la jaula del animal ocupe una plaza. En este caso, se aplicará la Tarifa General o de Ida / vuelta en la clase que corresponda.
  • Se admitirán para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los lleve si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos, siendo responsable aquél de los danos que estos pudieran ocasionar. Los animales deberán ir, cuando proceda, con la guía de sanidad, en las condiciones higiénico sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente.
  • El transporte se limitará a pequeños animales, como perros, gatos y aves, cuyo peso máximo no exceda de seis kg. Se admitirá como máximo un solo animal por viajero, siempre dentro de una jaula con dispositivo que permita contener y retirar los residuos. Las dimensiones de la jaula no deben superar 60x 35x 35 cm.
  • Este transporte se podrá realizar en todos los trenes de Media Distancia, si bien, podrá limitarse en aquellos trenes con saturación de viajeros. Se podrá establecer máximos por tren y coche para este transporte. Este transporte no ocupará asiento ni podrá disponer de reserva de plaza. El precio será el establecido en la tarifa vigente.
  • De acuerdo a la legislación vigente, los perros lazarillos podrán viajar en todos los trenes de forma gratuita.
  • Se admitirá para su transporte pequeños animales domésticos, siempre bajo la custodia del viajero que los lleve, si no se oponen los otros viajeros o se producen molestias a los mismos.
  • No se emitirá billete ni se abonará cantidad alguna por su transporte.
  • De acuerdo a la legislación vigente, los perros lazarillos podrán viajar en todos los trenes de forma gratuita.
  • Cercanías podrá limitar su transporte a los trenes, horarios y estaciones que se autoricen en cada Núcleo.

Dependiendo de la ciudad existen diferentes condiciones, por ejemplo en Madrid:

  • No es necesario llevar al animal dentro de una jaula.
  • Siempre deberán ir sujetos con correa.
  • En el caso de perros, provistos de bozal.
  • El propietario o acompañante del animal es el responsable de los daños que este pueda ocasionar
  • Viaja sin pagar billete
  • Siempre tiene que viajar en los trenes y en los horarios que Cercanías tiene marcado con el criterio de atención al cliente
  • El animal de compañía puede viajar, por las mañanas: desde que se inicia el servicio hasta las 06:00 horas, de 09.00 a 13.30 horas. Por las tardes desde las 16.30 horas hasta las 18.00 y de 21.00 horas hasta que finaliza el servicio.
  • En la Línea C – 9 no pueden viajar animales domésticos en época invernal.
  • Si las condiciones así lo aconsejaran, excepcionalmente, el interventor podrá no permitir el acceso de animales domésticos a ciertos trenes

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Fuente: Renfe.com